viernes, 18 de septiembre de 2015

Pleno ordinario del ayuntamiento de Mocejón. Septiembre 2015

El miércoles 16 de septiembre de 2015 se hacía público en el tablón de edictos del ayuntamiento de Mocejón la convocatoria del Pleno Ordinario correspondiente al tercer trimestre de 2015. El orden del día que aparece en la convocatoria está formado por los siguientes puntos:
  1. Aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión anterior de fecha veinticinco de agosto de dos mil quince
  2. Decretos de la alcaldía.
  3. Acuerdo, si procede, para resolver solicitudes de reconocimiento de exención de la tasa por ocupación de la vía pública mediante la instalación de quiosco y barra con motivo de las fiestas patronales de la localidad.
  4. Modificación anexo inversiones del Presupuesto General de este Ilustrísimo Ayuntamiento para el ejercicio 2015.
  5. Aprobación, si procede, de la Ordenanza de Transparencia, acceso a la información y reutilización ............. del Ayuntamiento de Mocejón
  6. Acuerdo, si procede, para ejecutar la sentencia de fecha de 29 de febrero de 2012, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Toledo.
  7. Mociones del Grupo Socialista y del Grupo Municipal de IU-Mocejón en relación ........... con el comedor infantil en época no escolar.
  8. Ruegos y preguntas.
El pleno está convocado para el próximo viernes 18 de septiembre de 2015 a las 21:00 h. en el Salón de Plenos del ayuntamiento de Mocejón.


Sobre los puntos que figuran en el orden del día paso a comentar lo siguiente:

1. Aprobación del acta del pleno anterior

Desconociendo su contenido debido a que consultar el borrador del acta del ayuntamiento de Mocejón es un derecho inicialmente reservado a los miembros de la Corporación municipal, de momento no puedo hacer ninguna observación, aunque no descarto hacerla en cuanto conozca su contenido, incluso señalando las posibles erratas que pudiera contener y aun cuando la extemporaneidad de su publicación para el resto de vecinos impida rectificarlas.

3. Resolución sobre solicitudes de exención de la tasa por colocación de quiosco en la vía pública

Sobre la exención y aplicación de la ordenanza que regula este tema ya se realizó un pleno extraordinario y urgente el 2 de septiembre de 2013 en el que tras la lectura del acta se concluye que no se estaba aplicando la ordenanza, ordenanza que el Sr. alcalde, que sigue siendo el mismo, se comprometió a actualizar y que dos años después no ha sido capaz de cumplir, pudiendo estar aplicando tasas de forma irregular al no estar éstas recogidas en la ordenanza.

4. Modificación del Presupuesto General del Ayuntamiento

A punto de cumplirse nueve meses desde la aprobación del Presupuesto del ayuntamiento (pleno del 19 de diciembre de 2014) sin que desde el ayuntamiento hayan cumplido, entre otros, el artículo 8.1 d) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno que recoge como obligación hacer público como mínimo y entre otros  Los presupuestos, con descripción de las principales partidas presupuestarias e información actualizada y comprensible sobre su estado de ejecución [...] no puedo más que pedir desde aquí a funcionarios y grupo de gobierno del ayuntamiento que empiecen a cumplir la legislación aprobada y no agoten los plazos para actuar de forma legal y transparente.

5. Aprobación de la Ordenanza de Transparencia, Acceso a la información y Reutilización de los datos

Sobre este punto y en este momento pido desde aquí que mejoren la redacción del título de la ordenanza, ya que al utilizar el que aparece en el punto del orden del día del pleno parece que lo que se regula es la reutilización del ayuntamiento y no los datos que debe publicar.

También considero que desde el ayuntamiento de Mocejón y como prueba de que están realmente comprometidos con la transparencia y el buen gobierno, sería conveniente que comenzarán a aplicar los principios y contenido de la Ley 19/2013 de transparencia, de acceso a la información pública y buen gobierno en los trámites que siguen a la aprobación de esta ordenanza y en especial en su exposición pública, evitando farragosos procedimientos que dificultan el acceso al contenido de la ordenanza inicialmente aprobada.

6. Ejecución de la sentencia de fecha de 29 de febrero de 2012, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Toledo

Creo que se refiere a la sentencia relativa a algún P.A,U. (Plan de Actuación Urbanizadora) que no se realizó por parte del ayuntamiento de forma completamente ajustada a derecho de acuerdo al juzgado contencioso-administrativo nº 1 de Toledo, que es el competente para resolver sobre este tipo de conflictos, pero ante la falta de transparencia de los asuntos públicos que hasta el momento muestra el ayuntamiento, no puedo dar más información.

7. Mociones del Grupo Socialista y del Grupo Municipal de IU-Mocejón en relación a la apertura del comedor infantil en época no escolar.

Sobre este punto, del cual reescribo el título para que sea comprensible, la mejor opción para informarse es ir directamente a la sitio en Facebook del PSOE como al sitio de Facebook de IU para ver cual es su posición.

Desaconsejamos perder el tiempo buscando el criterio del PP de Mocejón publicado en internet, ya que al igual que programa electoral, no tienen o no lo hacen público en las redes sociales a pesar de haberlo pedido reiteradamente la publicación en internet de su programa electoral.

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