martes, 20 de octubre de 2015

Pleno extraordinario del ayuntamiento de Mocejón. Octubre 2015

El pasado viernes se publicaba en la Sede electrónica del ayuntamiento de Mocejón la convocatoria del próximo Pleno Extraordinario fijado para el próximo martes 20 de octubre, a las 21:00 h.

El orden del día, inicialmente tiene los siguientes dos puntos:
  1. Aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión plenaria del 18 de septiembre de 2015
  2. Acuerdo, si procede, para ejecutar la sentencia de fecha de 29 de febrero de 2012, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Toledo.
Nos comunican que en la sede electrónica también se ha publicado el acta del pleno anterior por lo que pasamos a analizar los puntos a tratar en este pleno incluyendo observaciones al borrador del acta del pleno anterior.

1. Aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión plenaria del 18 de septiembre de 2015

En este acta se echa en falta el texto de la Ordenanza de transparencia, acceso a la información y reutilización del ayuntamiento de Mocejón aprobada en el pleno anterior, a pesar de que ya pedíamos desde este blog que como ejemplo de cumplimiento de los principios que se recogen en la Ley 19/2013 de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno(aprobada por el PP), que en la exposición pública de la aprobación inicial de esta ordenanza se evitaran farragosos procedimientos que dificultasen el acceso a su consulta, tema al que el Sr. Alcalde parece no haber accedido al no publicarse en el borrador del acta del pleno 18 de septiembre, entre otros lugares, el contenido de la ordenanza de transparencia del ayuntamiento.

La ordenanza de transparencia, acceso a la información y reutilización del ayuntamiento de Mocejón  actualmente está en proceso de exposición "pública", aunque para consultar el texto hay que solicitarlo previamente y dirigirse en horario de oficina a verlo presencialmente ya que de momento desde el ayuntamiento no facilitan el acceso y copia del expediente en formato digital incumpliento el artículo 3 de la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

Otra observación sobre este borrador de acta es referente a una de las preguntas que se realizó en el punto de ruegos y preguntas cuyo texto (retirando redundancias) es el siguiente:

13.- El Sr. Portavoz del Grupo Municipal IU-Mocejón, D. Mario García Gómez, pregunta al Sr. Alcalde por la zona verde existente en la Calle Paraguay.
El Sr. Alcalde responde que la zona verde se encuentra entre la Calle Venezuela y la Calle Bolivia y está destinada a parque para perros.
El Sr. Portavoz del Grupo Municipal IU-Mocejón, D. Mario García Gómez, ruega al Sr. Alcalde unas normas de uso del parque, dispensadores de bolsas para recoger excrementos, mejorar la iluminación, zonas de césped...
El Sr. Alcalde responde que el equipo de gobierno ya se encuentra trabajando sobre las medidas solicitadas.

Consultando nuestras notas, observamos que lo que recoge el borrador del acta sobre esta pregunta es reflejo de lo tratado, pero dado que las actas además de para que los concejales las aprueben también tienen un componente informativo importante para los vecinos pasamos a indicar el error de ubicación que cometieron los intervinientes.

Cuando el Sr. Alcalde corrigiendo al Sr. Portavoz del Grupo Municipal IU-Mocejón responde que "la zona verde se encuentra entre la calle Venezuela y la calle Bolivia", es cierto que entre las calles Venezuela y Bolivia hay una zona verde, pero esta no es la zona destinada a parque para perros, ya que este "parque" está situado al otro lado, entre las calles Bolivia y Perú, lo que indicamos aquí para evitar confusiones y malentendidos entre los vecinos. 

En relación a que el grupo de gobierno se encuentra trabajando sobre esta zona, sería conveniente que en este "parque para perros" se instalara un cartel (no tiene que ser de aluminio) indicando que es un parque público (municipal) para perros, además de señalizar convenientemente las entradas a este recinto vallado (hay dos aunque no son visualmente muy accesibles) tal vez pintando las puertas de un color distinto al resto de la valla, además de poner algún tipo de solución a que la tierra de este recinto se esparza por la acera que lo rodea, y no precisamente a la altura de las puertas.

2. Acuerdo, si procede, para ejecutar la sentencia de fecha de 29 de febrero de 2012, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Toledo.

Este punto ya se trató en la sesión plenaria anterior del 18 de septiembre, y no fue aprobado al no obtener la mayoría absoluta de los votos (4 votos a favor frente a 5 abstenciones) debido a que el Sr. Alcalde no podía intervenir/votar por imperativo legal en este asunto y otro de los concejales del PP no asistió a este pleno.

Si al final se aprueba este punto, vendría bien que desde el gobierno municipal indicaran alguna estimación económica de lo que conlleva acatar y aplicar la sentencia y si esta partida económica se va a consignar por completo en el próximo presupuesto o se va a repartir entre varios años, ya que al parecer hay estimaciones que indican que el coste inicial  podría suponer cientos de miles de euros de las arcas municipales.

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