El 5 de marzo de 2018 se ha publicado en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Mocejón, las bases para la ampliación de la bolsa de trabajo de auxiliares de ayuda a domicilio para complementar la creada tras el proceso iniciado en noviembre de 2016 y finalizado en febrero de 2017.
El
contrato se anuncia laboral temporal, supeditado al convenio/addenda de
colaboración para la prestación de los servicios de Ayuda a Domicilio
suscrito entre la Consejería de Bienestar Social y el Ayuntamiento
de Mocejón quedando el contrato sujeto a resolución en caso de no
percibirse la financiación suficiente para el mantenimiento de este
servicio.
Entre
las condiciones para formar parte de esta bolsa encontramos los
habituales para acceder a trabajar en la administración pública, como
son ser español o natural de un estado de la U.E.,
o tener residencia y permiso de trabajo en España, tener cumplidos los
16 años y no exceder la edad de jubilación forzosa, no padecer
enfermedad o defecto físico que impida el desempleo de las
correspondientes funciones y no haber sido separado ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
Además es necesario estar en posesión del carnet de conducir tipo B
y tener alguna de las siguientes titulaciones/certificados (o
titulación extranjera equivalente homologada por el Ministerio de
Educación, Cultura y Deportes):
- F.P. de Grado Medio de Técnico de Atención a personas en situación de dependencia(LOE)
- Certificado de profesionalidad de Atención socio-sanitaria a personas dependientes en instituciones sociales
- Certificado de profesionalidad de Atención socio-sanitaria a personas en el domicilio
- Certificado de profesionalidad de Auxiliar de ayuda a domicilio
- Certificado de habilitación excepcional para ejercer como auxiliar de ayuda a domicilio en Castilla-La Mancha.
En relación a la convocatoria anterior quedan fuera los F.P. grados medios en técnicos auxiliar de Clínica y de Psiquiatría y técnico medio de cuidados auxiliares de enfermería.
La solicitud en formato normalizado (facilitado gratuitamente en las oficinas municipales) deberá presentarse de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas en el Registro General del Ayuntamiento de Mocejón o por cualquiera de los medios establecidos en la legislación referida al Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de diez días naturales contados a partir del siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación de la convocatoria en el tablón de anuncios del ayuntamiento.
La solicitud en formato normalizado (facilitado gratuitamente en las oficinas municipales) deberá presentarse de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas en el Registro General del Ayuntamiento de Mocejón o por cualquiera de los medios establecidos en la legislación referida al Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de diez días naturales contados a partir del siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación de la convocatoria en el tablón de anuncios del ayuntamiento.
El
proceso de selección se indica que constará de dos fases: oposición y
concurso de méritos siendo necesario superar la oposición para que los
méritos (cursos, experiencia laboral) sean evaluado en la fase de
concurso.
La fase de oposición se anuncia que consistirá en una prueba teórica (resolución de cuestionario tipo test). Posteriormente, se indica en las bases, se procederá en la fase de concurso a evaluar los méritos alegados por los candidatos que hayan superado la fase de oposición.
En comparación con el proceso de selección anterior vemos que en esta ocasión de la fase de oposición se retira la prueba "práctica" consistente en una "entrevista técnica" donde presuntamente se abordaban casos reales.
También observamos que en el proceso de concurso de méritos, la puntuación máxima por experiencia laboral y títulos académicos pasa a ser de un máximo de 3 y 2 puntos respectivamente, mientras que en el proceso anterior las puntuaciones máximas eran de 4 y 3 puntos para la experiencia laboral y formación, respectivamente.
La fase de oposición se anuncia que consistirá en una prueba teórica (resolución de cuestionario tipo test). Posteriormente, se indica en las bases, se procederá en la fase de concurso a evaluar los méritos alegados por los candidatos que hayan superado la fase de oposición.
En comparación con el proceso de selección anterior vemos que en esta ocasión de la fase de oposición se retira la prueba "práctica" consistente en una "entrevista técnica" donde presuntamente se abordaban casos reales.
También observamos que en el proceso de concurso de méritos, la puntuación máxima por experiencia laboral y títulos académicos pasa a ser de un máximo de 3 y 2 puntos respectivamente, mientras que en el proceso anterior las puntuaciones máximas eran de 4 y 3 puntos para la experiencia laboral y formación, respectivamente.
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